Podrán ser beneficiarias de la subvención las microempresas, cualquiera que sea su forma
jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas
y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas (empresarios/
as individuales), que desarrollen su actividad y tengan al menos un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Euskadi y cuenten con menos de diez trabajadores asalariados o en su caso,
socios trabajadores o de trabajo, y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros. Enlace a la información sobre la ayuda.
https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2021/12/2106485a.pdf