SUSPENSIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMO A PARTIR DEL DÍA 60 DE PERMANENCIA DE IT
Hola, a ver si conseguimos explicaros como funciona de forma llana y sencilla la devolución de cuotas de cotización a la seguridad social por permanecer más de 60 días en estado de IT bien sea por enfermedad como accidente.
Pues bien la ley dice que si el autónomo lleva de IT desde antes de la entrada en vigor de la ley ósea 28 de diciembre de 2018, para poder acogerse a la devolución de cuotas por cobro indebido de las mismas debería con anterioridad estar adscrito a la cotización por cese, si no, no habrá lugar a dichas devoluciones.
Y diréis ¿qué tiene que ver la cotización por cese con la devolución de cuotas por permanecer más de 60 días en situación de IT?, pues bien nosotros tampoco tenemos explicación.
El autónomo que no tenga cotización por cese anterior a 1 de enero de 2019 y permanezca en situación de IT día 1 de enero de 2019 o empezará 2019 con la situación de IT deberá permanecer 60 días desde el día 1 de enero de 2019 osea hasta el 2 de marzo de 2019 día en que se debería hacer efectiva la suspensión de cuotas.
Si la situación de IT ha comenzado a partir de 1 de enero de 2019 deberá contar 60 días a partir del día en que comenzó la situación de IT.
¿Hay que solicitar la devolución o la suspensión del cobro?
Nosotros recomendamos se solicite en caso que corresponda devolución, por seguridad y agilidad a día de hoy.
Si entras en forma de suspensión recomendamos esperar a ver si el sistema funciona y la suspensión se hace de oficio como nos han dicho fuentes de tesorería de seguridad social,
En caso de que no se produjera la suspensión a partir del día 60, ¡¡ósea que te cobraran el mes siguiente!! ,
¡¡si te cobran!!... no esperaría y solicitaría la suspensión.
La información que manejamos es que se regularizara el cumplimiento de la norma con el tiempo actuando la aplicación de dicha norma de oficio sin tener que mediar solicitud de ningún tipo, pero hasta ese momento estar alerta, para ejercer Vuestro derecho.
Un saludo cordial.